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Modelo de Informe pericial

EXPLORACIÓN Y DIAGNÓSTICO

Modelo de Informe pericial

Aunque no existe un modelo oficial legal para realizar el informe pericial, se sugiere que se sigan una serie de recomendaciones:

En primer lugar, como en cualquier informe psicológico, debe quedar registrado el autor de dicho informe, autor o autores, y se recomienda que en el caso de que los autores sean varios, normalmente de diferentes disciplinas, se deje constancia de ello en las partes escritas haciendo referencia expresa en aquellos aspectos que competen directamente a un profesional. Un informe de varios autores debe dejar cosntancia de los aspectos que cada parte ha evaluado y quedar reflejado en un solo informe la interdisciplinariedad, de la que se desprende que aspectos relevantes son indicaciones que aportan dichos profesionales.

1-       Autor (autores o equipo) y organismo judicial al que va a ser remitido

2-       Las personas que han sido evaluadas en el informe

3-       Objetivo del informe judicial: La demanda literal de la autoridad judicial

4-       Metodología: procedimiento que se ha seguido y las pruebas utilizadas, técnicas de entrevista, observaciones, expedientes, visitas personales realizadas, otros profesionales …, es importante dejar constancia de las fechas cronológicas en las que se aplicaron o realizaron las pruebas

5-       Resultados obtenidos: los datos de las pruebas

6-       Conclusiones y recomendaciones u orientaciones

7-       Si se cree conveniente, pero es opcional, se añaden observaciones que se consideran se deben tener en cuenta en cuanto al informe realizado

 

Redacción del informe

La redacción del informe es importante, teniendo en cuenta que es una prueba que se añade a un juicio

La redacción del informe debe ser:

-          Objetiva, precisa y concisa, lo es en cualquier informe de diagnóstico psicológico, se trata de exponer claramente y con objetividad los resultados y lo que esos resultados dicen. Para ello es necesario e imprescindible incluir toda la información que ha llevado a dichas conclusiones. El deber de poner toda la información implica la necesidad de que se pueda contrastar o replicar verificando los datos expuestos, pero eso no significa volcar en el informe la extensidad de los datos sino la síntesis que permite captar que los datos son extraídos de pruebas objetivas y de ellas las conclusiones.

-          Es importante que quede explícita la relación directa con la demanda, con el hecho legal concreto que ha solicitado el juez o el tribunal. Eso significa que el informe no debe entrar en los hechos del delito, no es su competencia ese tipo de valoración, no es el objetivo. El perito es un profesional que expone las conclusiones después de los resultados de unas pruebas objetivas, no es un testigo de los hechos, por eso al igual que en otros informes, no se implica en ellos.

-          El lenguaje que debe utilizarse es sin duda el lenguaje técnico, el lenguaje específico de la ciencia psicológica, de tal manera que no se omitan los términos justos del lenguaje de la psicología pero teniendo en cuenta que quienes lo van a leer no tienen por que conocer ese lenguaje, es necesari utilizarlo y concretarlo en la medida de lo posible para que sea comprensible para todos los que participen en la lectura del informe, lo que supone que cuando aparecen términos muy específico se aclare brevemente, muy brevemente el significado en términos coloquiales sin perder la objetividad del concepto tratado.

En el caso que se precise un seguimiento del caso en concreto, de la demanda, hay que explicitar que ese seguimiento se va a llevar a cabo ya sea:

-          En el ámbito familiar

-          En menores

-          En régimen de libertad condicional

O en cualquier otro caso que se precise.

En cualquier caso hay que tener presente que el seguimiento se realiza para observar y contrastar si las medidas aplicadas son eficaces, si se cumplen o si es necesario modificarlas, el tipo de intervenciones que se sugiere, visitas domiciliarias, observar el tipo de relaciones e interaccines que se dan en la realidad al aplicar ess medidas y observar si cambian las circunstancias por las que se optaron por ess medidas, hay que tener en cuenta que el diagnóstico es puntual, significa que se circuncribe al momento y demanda realizada.

Los informes periciales deben ser por escrito, en circunstancias excepcinales, por urgencia, se pueden hacer oralmente.

La ratificación del informe pericial

El informe pericial es una prueba que se ha solicitado para un juicio, por eso es necesario según la Ley 5/95 del 22 de mayo que se ratifique el día de la vista oral, si se cree oportuno.

 

Que significa esa ratificación y cómo se realiza generalmente

1 El primer paso es hacer un juramento o promesa de haber realizado fielmente el informe solicitado

2 Es la oportunidad de ratificar el informe, aclarlo o de rectificar si fuese el caso

3 Contestar a las preguntas que realice el fiscal, el abogado, acusación o juez

 

Para ratificar el informe se recomienda:

-          Apoyar las respuestas a las preguntas de los letrados o juez en la documentación obtenida, no se trata de explciar qué se ha pensado ni cómo se ha llegado a pensar esas concluisones, no es un examen, es una ratificación sostenida en datos específicos

-          Para lelvar a cabo ese tipo de respuestas es conveniente leer y releer lo escrito, tenidendo en cuenta que las personas que lo han leído y van a preguntar están centradas en el informe elaborado, no en conjeturas.

-          Los datos de las respuestas al ser obejtivos permiten ser taxativos en las respuestas, si no se puede ser taxativo en alguna respuesta hay que decirlo, los datos no permiten en ese caso ese tipo de verdad contundente. Pueden haber dudas, pueden haber teorías que explican el hecho de diferentes maneras, etc., se aclara y se insite en el dato y la vía o procedimiento del cual se ha concluído el resultado.

-          Es posible que se pregunte sobre aclaración de términos técnicos, incluso cuando se han aclarado en el informe utilizando un lenguaje breve coloquial objetivo, angustia, psicosis, síndrome ret, etc., no se trata de exponer la definición del diccionario, ni de exponer teorías sobre el tema, simplemente intentar dar la idea nuclear de ese término.

-          Las conclusiones del informe se basan en los datos objetivos, tiene que quedar claro, no es una opinión de un profesional, ni menos una opinión personal, es el resultado objetivo del análisis de datos objetivos, la duda no es un punto perspectiva del profesional, en el caso de que exista una posible duda, ésta es reflejo de los datos obtenidos.

 

Ratificar el informe pericial, aclarlo o incluso puntualizar algún posible error no significa que sea un error personal, o no debe serlo, sino del tipo de pruebas del cso que se está tratando, en el cual esposible que queden dudas razonables por diferentes causas, una de ellas puede ser la divergencia entre teorías que tratan ese mismo tema una vez obtenidos los resultados.

Bien, con eso queremos decir que en cualquier caso el informe pericial al ser ratificado debe quedar claro por parte del profesional de psicología que ha descrito, expuesto y contrastado al máximo después del análisis las aportacines, conclusiones que realiza, que no se trata de la mera subjetividad del profesional o de su enfoque teórico.

 

 
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